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El interés legal del dinero y el interés de demora

por | Ene 16, 2016 | Área Contable y Financiera

El interés es el precio que se paga por conseguir dinero, o se cobra por dejar dinero, durante un cierto periodo de tiempo. 

El tipo de interés es el tanto por ciento sobre el importe del capital que se presta o recibe y que siempre ha de referirse a un tiempo determinado, normalmente a un año. 

¿Qué es el tipo de interés legal del dinero y el interés de demora? ¿Qué interés se aplica a las operaciones comerciales? Respondemos seguidamente a estas preguntas y publicamos las tablas de los tipos anuales de los últimos años.

 ¿Qué es el tipo de interés legal del dinero?

El tipo de interés legal es el interés de referencia para normas legales o pactos en contratos. Se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor deja de pagar y no se ha pactado un tipo determinado. El tipo de interés legal del dinero se fija cada año por la Leyes de Presupuestos Generales del Estado. 

Cuando se solicita un aplazamiento de impuestos ante la Agencia Tributaria, es el interés que se aplica. Igualmente, cuando ante una revisión o inspección la Agencia Tributaria considera que debe pagar un importe mayor al realizado en su día, aplica también estos intereses.

¿Qué es el tipo de interés de demora?

Tributariamente, el tipo de interés de demora es el tipo de interés legal del dinero incrementado en un 25 %, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado decida otro. Es un tipo de interés que se paga como penalización y que se aplica por ejemplo cuando se realiza un pago de impuestos fuera de plazo.

 Los tipos de interés legal del dinero anual y los tipos de interés de demora anual de los últimos años son, 

             Año        Tipo de Interés legal del dinero      Tipo de Interés de demora
20163%3,75%
20153,5%4,375%
20144%5%
20134%5%
20124%5%
20114%5%
20104%5%

¿Qué tipo de interés se aplica a las operaciones comerciales?

Para las operaciones comerciales, el tipo de interés de demora se establece en el artículo 7 de La Ley 3/2004, sobre medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales. Esta normativa establece un tipo de interés legal aplicable para cuando no se ha pactado ningún interés en el contrato comercial. Indica que: “Será la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación de financiación más ocho puntos porcentuales, aplicándose este tipo durante los seis meses siguientes a su fijación”.

El Ministerio de Economía y Hacienda publica semestralmente en el Boletín Oficial del Estado este tipo de interés, 

SemestreTipo de interés anual
2016 (1º semestre)8,05%
2015 (2º semestre)8,05%
2015 (1º semestre)8,05%
2014 (2º semestre)8,15%
2014 (1º semestre)8,25%
2013 (2º semestre) 8,50%
2013 (desde 24.02.13 hasta 30.06.13))8,75%
2013 (desde 01.01.13 hasta 23.02.13)7,75%
2012 (2º semestre) 8,00%
2012 (1º semestre)8,00%
2011 (2º semestre)8,25%
2011 (1º semestre)8,00%
2010 (2º semestre)8,00%
2010 (1º semestre)8,00%

 

 

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