Operaciones comerciales con Europa sin IVA

Operaciones comerciales con Europa sin IVA

Para que una operación comercial con un país perteneciente a la Unión Europea se pueda facturar sin IVA, es necesario que tanto el emisor como el receptor de la factura se encuentren registrados en el censo VIES.

En España, las empresas que vayan a comprar o vender bienes, o a contratar u ofrecer servicios a Europa, deben solicitar obligatoriamente a la Agencia Tributaria la inclusión en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). Este registro facilita un número de operador que está formado por ES seguido del CIF (Código de Identificación Fiscal).