Justificación de las entregas intracomunitarias a partir del 2020
La venta de bienes a empresas o empresarios ubicados en otros estados miembros de la Unión Europea está exenta de IVA.
Pero debe saber, que en el caso de realizar dichas operaciones, debe justificar la entrega suficientemente o en caso contrario Hacienda le puede exigir el IVA dejado de repercutir.