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El permiso de paternidad a partir del 1 de enero 2021

por | Mar 8, 2019 | Área Laboral

A partir del 01 de enero de 2021, el trabajador tiene derecho al permiso de paternidad durante dieciséis semanas ininterrumpidas, en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento.

Con la publicación de la Ley 9/2009 se introdujo el permiso de paternidad, un derecho del trabajador a la suspensión voluntaria del contrato de trabajo y por la que puede pedir el correspondiente subsidio de paternidad por dicho periodo. 

¿En qué consiste este permiso? ¿Cuánto se cobra? ¿desde cuándo se solicita el permiso? ¿dónde se pide la prestación de paternidad? En este artículo les indicamos las respuestas a estas preguntas.

Hasta el 31 de diciembre de 2016, y como medidas transitorias, este permiso tenía una duración de trece días naturales. Posteriormente se ha ampliado dicho permiso en cuatro ocasiones, desde el 1 de enero de 2017 pasó a ser a las cuatro semanas, volviéndose a ampliar desde el 5 de julio de 2018 a cinco semanas, a paritr del 1 de abril de 2019 pasó a ser de ocho semanas, desde el 1 de enero de 2020 12 semanas y finalmente desde el 01 de enero de 2021 se equipara al permiso de materindad con 16 semanas.

El Real Decreto Ley 6/2019 introduce esta ampliación en la duración de este permimso para que de forma gradual se equipare a las 16 semanas del permiso de maternidad, fomentando la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, en la promoción de la conciliación de la vida personal y familiar, y en el principio de corresponsabilidad entre ambos progenitores.

Así de forma gradual tenemos que el permiso de paternidad, que pasa a llamarse el permiso por nacimiento y cuidado del menor del otro progenitor distinto de la madre biológica, va a tener las siguientes duraciones

  • desde 1 de abril de 2019 ocho semanas
  • desde 1 de enero de 2020 doce semanas
  • y desde el 1 de enero de 2021 dieciséis semanas 

¿En qué consiste el permiso de paternidad?

El permiso de paternidad, como hemos indicado, es un supuesto de suspensión voluntaria del contrato de trabajo. Es un derecho que tienen todos los trabajadores con el fin de conciliar la vida familiar con la vida laboral.

En caso de parto, el derecho lo puede ejercer el otro progenitor, ya que el que da a luz ejerce el permiso de maternidad.

¿Cuánto se cobra?

Durante este permiso el empleador no abona ningún concepto retributivo, ya que el contrato se encuentra suspendido.

El trabajador sin embargo, puede solicitar la prestación de paternidad ante la Seguridad Social, quién es el que, en caso de cumplir los requisitos, realiza el abono del 100% de la base reguladora durante el tiempo de dicha suspensión.

¿Cuánto es su duración y desde cuándo se puede disfrutar?

Como anunciamos, a patir del 01 de enero de 2021 la duración es de dieciséis semanas, debiendo disfrutar las seis primeras semanas inmediatamente después del parto de forma ininterrumpida.

El resto del permiso a que se tenga derecho, previo acuerdo entre empresario y trabajador, puede disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los doce meses siguientes a la fecha de nacimiento del hijo, la resolución judicial o la decisión administrativa.

Se pueden disfrutar desde que se finaliza el permiso retribuido por nacimiento de hijo o bien a continuación de que finalice el permiso de maternidad.

En los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples, el permiso de paternidad se amplia en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

La duración del permiso de paternidad está regulado en el artículo 48.7 del Texto Refundido de la Ley de Estatuto de los Trabajadores (RD Leg 2/2015), y en el artículo 49 c) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (RD Leg 5/2015).

¿Cómo solicitar la prestación por paternidad?

El trabajador debe realizar una solicitud, aportando la documentación requerida, ante el INSS.

Puede consultar los requisitos y documentación que debe aportar en la sección de Trámites y Gestiones de la Seguridad Social.

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