Dado que el periodo impositivo no tiene porqué coincidir con el año natural, el impuesto de sociedades no tiene un plazo de presentación único para todos los contribuyentes.
Así se establece en la normativa que la presentación de esta declaración debe hacerse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Si el último día del plazo cae en festivo o en sábado, se puede presentar al siguiente día hábil a éste.
Plazos para la presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades
De esta manera para las entidades que tenga su ejercicio económico establecido de enero a diciembre, pueden presentar su declaración desde el 1 de julio y hasta el 25 de julio.
En el caso de que el período impositivo no coincida con el año natural y finalice un mes con 30 días, el plazo de los 6 meses debe computarse de fecha a fecha. Esto es, si finaliza el período impositivo el 30 de junio, el plazo de seis meses concluiría el 30 de diciembre del mismo año. A partir de esta fecha se computarán los 25 días naturales, consecuentemente, el plazo empezaría a computar el 31 de diciembre concluyendo el 24 de enero del año siguiente.
Modelos de Autoliquidaciones
El Impuesto de Sociedades tiene dos modelos que son,
Modelo 200: declaración del Impuesto de Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. Este modelo es el de uso general por contribuyentes sometidos al Impuesto de Sociedades, cualquiera que sea la actividad y el tamaño de la empresa.
Modelo 220: es el modelo a presentar cuando se aplica el régimen de tributación de los grupos de sociedades, siendo obligatorio para las sociedades dominantes de los grupos, incluidos los de cooperativas, que tributen en régimen de consolidación fiscal. El grupo presenta el modelo 220 y además, todas las empresas que lo integran presentan la correspondiente declaración individual en el modelo 200.
Forma de presentación de la declaración del Impuesto de Sociedades
Para los periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2014, se debe realizar la presentación por vía telemática utilizando el portal de la Agencia Tributaria, siendo necesario utilizar un certificado electrónico para ello.