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Gastos por desplazamientos de Administradores y socios

El artículo 9 del Reglamento de IRPF trata sobre la exención de gravamen de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción, manutención y estancia.

Pero este artículo sólo es aplicable a las relaciones laborales, donde existen las notas de dependencia y ajenidad.

Entonces ¿qué tratamiento debe darse cuando una empresa abona a su socio o administador los gastos originados en los desplazamientos?

La indemnización por fin de contrato temporal, está sujeta a tributación

Las indemnizaciones por fin de contrato temporal están sujetas a Tributación en IRPF. El empresario debe practicar retención cuando la abone y el trabajador debe incluirla en la declaración de la renta como rendimiento de trabajo.

Sin embargo, existen posturas divergentes entre lo mantenido por la Dirección General de Tributos y la Audiencia Nacional.

Subvenciones y ayudas públicas: cómo debe tributar por ellas

A la hora de confeccionar la Declaración de la Renta, recuerde que se califican como ganancias patrimoniales las subvenciones y ayudas públicas. Esta información no suele figurar en los datos fiscales y por tanto cuando tramite su declaración debe asegurarse de incluirlas.

Concretamente según instrucciones de la Agencia Tributaria deben incluirse en las siguientes casillas, distinguiendo dos situaciones: 

Seguros de enfermedad desde 1 de enero 2016

Las primas pagadas por seguros de enfermedad se pueden deducir a la hora de calcular el rendimiento neto de una actividad económica en estimación directa y a partir del 1 de enero de 2016 se eleva el límite máximo de esta deducción aplicable.

La retribución de trabajo en especie que el empleador satisiface por estos seguros de enfermedad del trabajador, también a partir del 1 de enero de 2016 tiene un límite mayor a la exención en el IRPF.

Estas modificaciones se han publicado en el artículo 60 de la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado para 2016.

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