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Comunicaciones Judiciales en Dirección Electrónica Habilitada

por | May 25, 2019 | Área Mercantil

El Ministerio de Justicia, tras sentencia del Tribunal Constitucional, ha publicado en una nota de prensa del 28 de mayo de 2019 que los tribunales deben citar a las empresas demandadas en su domicilio y no telemáticamente, pero hasta entonces un gran número de empresas se han visto perjudicadas por esta práctica. En estos casos, dada la vulneración de derechos se debe instar la nulidad del procedimiento.

 

Algunas empresas han estado recibiendo comunicaciones judiciales en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) que por desconocimiento no recogían, y se encuentran de repente con sentencias de procedimientos que ignoraban e incluso con que han sido declaradas en rebeldía.

Todos los obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, tienen un buzón electrónico de oficio que ha sido activado automáticamente en notificaciones.060.es donde, han podido estar recibiendo comunicaciones judiciales que durante un tiempo se consideraron notificadas tras el transcurso de tres días aunque el destinatario no accediera a su contenido.

Aunque esta práctica se ha corregido, con el fin de evitar la indefensión que conlleva estas situaciones, insistimos en la importancia de completar el registro de DEH y revisar el email de contacto con el fin de recibir los avisos de la existencia de una nueva comunicación.

¿Quiénes están obligados a relacionarse electrónicamente?

La Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligación de relacionarse de manera electrónica con la Administración para determinados sujetos en el art. 14.2, estos sujetos son los siguientes:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.Entre las entidades sin personalidad jurídica se incluyen las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entienden incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración. 

¿Qué organismos emiten comunicaciones a la Dirección Electrónica Habilitada?

Cuando se habla de notificaciones electrónicas se tiende a pensar únicamente en la Agencia Tributaria, sin embargo el posible emisor de dichas comunicaciones alcanza a toda la Administración General del Estado, algunas Administraciones Autonómicas, entidades locales y otros organismos.

Y en esta noticia queremos destacar las comunicaciones electrónicas judiciales que durante un tiempo se han venido produciendo en las comunidades cuya competencia en Justicia está asumida por el Estado (Baleares, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Murcia, Ceuta y Melilla) y por parte de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.

Así, nos hemos encontrado con casos en los que las empresas son declaradas en rebeldía y sorprendidas con una sentencia cuya procedimiento desconocían, porque les han comunicado por esta vía demandas judiciales, por ejemplo tras un despido de un trabajador. Todo esto, sin que hubieran recibido comunicación previa de advertencia de que a partir de cierto momento se iban a realizar todas las notificaciones a través de este buzón, notificación que sí hizo en su momento la Agencia Tributaria.

Esta indefensión se ha denunciado por las empresas que se encuentraron con estas situaciones y el Tribunal Constitucional ha publicado recientemente sentencia en la que se indica que cuando se trata del primer emplazamiento o citación del demandado debe realizarse en el domicilio que indique el demandante por lo que esta práctica  de comunicación electrónica no es correcta (SENTENCIA 47/2019, de 8 de abril). Como indicamos antes, el Ministerio de Justicia, ya ha comunicado a los tribunales que de las notificaciones se realicen en el domicilio y no telemáticamente dejando sin efecto la instrucción del 2016 que indicaba la comunicación electrónica.

Pero igualmente, recomendamos que revise su situación y en su caso complete el registro de la DEH que de oficio se habilita, si es uno de los obligados.

¿Cómo completar el registro de la Dirección Electrónica Habilitada (DEH)?

Lo primero, debe disponer de un certificado de persona jurídica de la empresa a la que representa emitido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación reconocidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (por ejemplo el certificado que puede obtener en FNMT).

Debe configurar su ordenador y navegador con el fin de que cumpla con los requisitos técnicos y realizar la instalación de Acrobat Reader y Java. Desde la zona de descarga del Punto de Acceso General puede obtener tanto el manual de instalación como dicho sotware.

Una vez disponga del certificado instalado en su PC y debidamente configurado, acceda a http://notificaciones.060.es y pulse sobre el botón “Registrarse” para completar el proceso de activación de su DEH.

En dicho formulario, debe informar de al menos un email donde recibirá un código para confirmar y terminar su registro que le va a permitir acceder al buzón. Adicionalmente puede informar de un número móvil.

Estos datos pueden modificarse posteriormente, desde el apartado de Perfil de la página http://notificaciones.060.es

Cada vez que se ponga a su disposición una notificación en la Dirección Electrónica Habilitada Única, se recibe un aviso en los correos electrónicos facilitados en el formulario de alta. Y si no accede a su notificación, el sistema le envía por correo electrónico un mensaje recordatorio informándole de la fecha en que se considera rechazada de forma automática.

Debe saber que hay Organismos, como la Agencia Tributaria, que ponen a disposición la notificación tanto en la Dirección Electrónica Habilitada Única como en sus propias sedes electrónicas y precisamente por esto muchas empresas no han completado el registro de DEH al poder acceder a las notificaciones por estas otras vías.

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