El Ministerio de Justicia, tras sentencia del Tribunal Constitucional, ha publicado en una nota de prensa del 28 de mayo de 2019 que los tribunales deben citar a las empresas demandadas en su domicilio y no telemáticamente, pero hasta entonces un gran número de empresas se han visto perjudicadas por esta práctica. En estos casos, dada la vulneración de derechos se debe instar la nulidad del procedimiento.