Las horas extraordinarias son todas aquellas horas de trabajo que se realizan por encima de la duración máxima de la jornada ordinaria.
En este artículo aclaramos las dudas que surgen en el día a día ¿son obligatorias? ¿cómo se pueden compensar? ¿cuántas se pueden hacer?
El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores regula las Horas Extraordinarias y establece que no pueden ser superior a ochenta al año. Pero a efectos de ese cálculo indica que no se computan para el límite de estas horas extraordinarias las siguientes:
- las que se compensen mediante descansos dentro de los cuatro meses siguientes a haberlas realizado
- las horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes
A continuación respondemos a las preguntas más habituales
- ¿Son obligatorias?
- ¿A cuánto se deben pagar?
- ¿Se pueden compensar con descansos?
- ¿Qué obligaciones tiene el empleador al respecto de las horas extraordinarias?
¿Son obligatorias?
Salvo que se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo, no son obligatorias con carácter general.
Los trabajadores con contrato a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias. Pero pueden realizar horas complementarias si así se reflejan en el momento de su contrato o en uno posterior, formalizando por escrito el Pacto de horas complementarias.
Tampoco pueden realizar horas extraordinarias los menores de 18 años ni las personas con discapacidad.
Pero existen unas horas extraordinarias obligatorias para todos los trabajadores que son las que vengan exigidas por la necesidad de prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, como el riesgo de pérdida de materias primas.
¿A cuánto se deben pagar?
Las horas extraordinarias se abonan como mínimo al mismo precio que la hora ordinaria. Pero el convenio colectivo o el contrato de trabajo individual puede mejorar su retribución.
¿Se pueden compensar con descansos?
Sí, como mínimo se pueden compensar con horas de descanso equivalentes a las horas realizadas de más. Pero se puede pactar otra compensación superior en convenio colectivo o en contrato de trabajo individual.
¿Qué obligaciones tiene el empleador al respecto de las horas extraordinarias?
El empleador debe asegurarse de que la jornada de cada trabajador se registre día a día y se totalice en el período fijado para el abono de las retribuciones (habitualmente mes a mes) entregando copia del resumen al trabajador con la correspondiente nómina.
Y si existe representación legal de los trabajadores, el empleador también debe entregar el resumen mensual de las jornadas realizadas a los mismos.
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